1. La filosofía empresarial de Sodimac Colombia SA está contenida en la Misión, la Visión, la Mega y en los Valores Corporativos, fundamentos que nos animan y ayudan a orientar nuestras acciones y capacidades para realizarnos como seres humanos dignos, vinculados a una Compañía que contribuye al país y al mundo, y nos conducen así mismo a lograr el crecimiento y desarrollo de nuestra Empresa, de la cual depende también nuestro propio desarrollo y bienestar, y el de nuestras familias.
2. Sodimac Colombia SA, en su permanente propósito de continuar con las excelentes relaciones que siempre han imperado, revisa de manera permanente los beneficios (condiciones y cuantías) para sus colaboradores, para lo cual además de desarrollar su propia convicción, atiende las expresiones y necesidades de sus colaboradores en el marco de espacios de confianza.
3. SODIMAC CONMIGO es el resultado del proceso institucional del posicionamiento de los beneficios extralegales entregados desde tiempo atrás y del ejercicio adelantado en forma previa, que permitió a SODIMAC COLOMBIA S.A conocer la opinión, inquietudes, sugerencias y aspiraciones de sus trabajadores sobre Beneficios Extralegales, en armonía con las políticas expresadas oficialmente por la empresa sobre esta materia, construcción que exige la revisión y análisis responsable frente a la competitividad de tales beneficios comparados con el mercado laboral del país y la propia del sector.
4. SODIMAC COLOMBIA S.A y sus COLABORADORES acuerdan expresamente que los beneficios tales como los de nacimiento, matrimonio, defunción, lentes, médicos, de incapacidad médica, de estudio, y otros que aparezcan en este documento o que lleguen a otorgarse; servicios tales como los de refrigerio; bonificaciones tales como las de vacaciones y navidad; y préstamos tales como los de vivienda, vehículo y motocicleta; así como cualquier otro tipo de auxilio, prima, bonificación o prestación, en dinero o en especie, contenidos o no en SODIMAC CONMIGO, y que se haya concedido o que se conceda en el futuro por LA EMPRESA, en forma extralegal, no han constituido ni constituirán factor de salario para ningún efecto, salvo que LA EMPRESA expresamente y por escrito le asigne tal carácter salarial.
5. Se precisa que la aplicación y reconocimiento de los beneficios incluidos en SODIMAC CONMIGO están supeditados al cumplimiento de los requisitos contenidos en las políticas que la empresa ha definido para cada caso. La totalidad de los beneficios contenidos en SODIMAC CONMIGO serán imputables o compensables con cualquier valor o suma adicional que SODIMAC deba reconocer de cualquier origine extralegal, judicial y/o administrativo y en ningún caso habrá duplicidad de beneficios legales, extralegales, convencionales o de cualquier naturaleza.
6. En cuanto los beneficios de préstamos en cualquiera de sus modalidades, cuentan con los recursos de los fondos rotatorios definidos y aprobados conforme a las posibilidades económicas de la empresa, así mismo queda expresamente convenido que la diferencias del costo financiero del dinero prestado y el que paga el trabajador con el del mercado financiero, no constituirán salario ni factor salarial para ningún efecto. Así mismo las tasas de interés o plazos podrán ser modificadas en referencia con el mercado financiero, cambios que no afectan crédito ya aprobados.
7. En cuanto a los beneficios relacionados con pólizas de seguro en cualquiera de sus modalidades, se rigen por las siguientes consideraciones:
8. Se precisa que los beneficios que tengan en cuenta nivel de desempeño para su otorgamiento, dicho requisito debe ser cumplido para el año 2022 con base en el plan de desempeño “Rankmi” con las últimas dos evaluaciones trimestrales o la periodicidad definida para cada caso.
9. Los beneficios extralegales nuevos y/o mejorados en sus condiciones (tales como plazos, montos, tasas de interés, etc.) y sus requisitos de acceso incluidos en SODIMAC CONMIGO rigen a partir de la fecha de aceptación o adhesión. De ninguna manera SODIMAC CONMIGO modifica beneficios ya reconocidos, los cuales se seguirán aplicando conforme a las condiciones particulares a cada caso.
El presente Plan Voluntario de Beneficios tendrá vigencia hasta el 30 Abril de 2024